Propiedad pública vs. Propiedad privada

Publicado el 23 de julio de 2025, 13:31

Este tema, El Gran Tema, que pongo sobre la mesa no sé todavia como desarrollar-lo para no perturbar y romper demasiado la mente del buen hombre o mujer que pueda llegar a leerme. Así que me voy a regir por el rigor de la objetividad con datos, pruebas y definiciones objetivas.

Lo único que sé que quiero transmitir es que, a pesar de que se supone que un propietario no tiene que rendir cuentas al rey, al señor feudal o al cacique de turno, a pesar de que se supone que ya nos liberamos de eso y por fin podemos aspirar a ser propietarios libres, veamos porque rendimos cuentas y a quien exactamente.

Mi intención es escudriñar, encontrar y compartir mis conclusiones para encontrar la brecha.

1. prueba:

Observa como en el registro de la propiedad "al propietario" lo consideran titular.

¿Por que?

Algunos diran: porque titular y propietario es lo mismo!

¿seguro?

1ª prueba

Lee las escrituras o títulos de propiedad que poseas en tu poder.

2. Definiciones: Titular vs. propietario

Vamos a ver las definiciones de 'titular' y  'propietario' segun el lenguaje jurídico que, para los que no lo saben, les informo que el lenguaje jurídico es un lenguaje diferente al Lenguaje Común, de este modo mientras los comunes creemos que una palabra tiene un significado (o varios), en el mundo jurídico la misma palabra puede tener un significado diferente (o varias acepciones), ya sabes, cositas para sostener el sistema.

LENGUAJE JURÍDICO:

1. Adm. y Civ. Propietario, persona a la que están atribuidos determinados derechos o que está habilitada para ejercerlos; responsable principal de un órgano administrativo, cargo público, título o empresa.

Gral. Titular del derecho de propiedad sobre un bien.

Un titular es un propietario y un propietario es un titular.

LENGUAJE COMÚN:

2. adj. Dicho de una persona o de una entidad: Que tiene a su nombre un título o documento jurídico que la identifica, le otorga un derecho o la propiedad de algo, o le impone una obligación.

1. adj. Que tiene derecho de propiedad sobre algo, y especialmente sobre bienes inmuebles. U. m. c. s.

Sin.:

  • dueño, poseedor, comprador, adquirente, casero, amo, señor, patrono, heredero, hacendado, latifundista, terrateniente, mayorazgo.

 

LoA simple vista parece que todo está bien, pero hay tres premisas a tener en cuenta:

  1. Un derecho no es algo que alguien te da, es algo que nadie te puede quitar. Si se puede dar, quitar, limitar, regular no es un derecho es un privilegio.
  2. El derecho a refugio-morada es innegable, incuestionable e inherente. Incluso los animales construyen madrigueras, nidos y habitan en cuevas! Me atrevo a decir que el derecho a una morada, a una propiedad privada, no es un derecho es una necesidad básica, llámame loca.
  3. La libertad de vivir donde uno quiere, sin causar daño a nada y a nadie, es algo natural, tambien inherente e incuestionable.

 

Entonces, ¿quien es el Estado para conceder y recortar derechos y libertades? ¿Cuando le dimos tanto poder como para regular y trapichear con el uso de la tierra? La tierra es de los terrestres! Somos seres terrestres, ni aquaticos, ni aves, terrestres. Si no hay forma humana de vivir bajo un techo en la tierra ¿que hacemos? ¿Nos vamos a Venus? ¿A Marte? ¿A la luna? 🙃

¿Como puede el derecho a comerciar, especular y acumular propiedades estar por encima del derecho a constituïr morada e ignorar la necesidad básica de todo hombre, mujer y niño de protegerse de la interperie?

Y nuestra libertad de elegir esta muy limitada por el uso de la tierra, el valor económico que se le especula y la oferta disponible, ¿por que hay tan poca oferta habiendo millones de hectàreas, pisos, casas, fincas, cortijos, incluso castillos abandonados?

ES INCREIBLE LA HISTORIA QUE ESTAMOS VIVIENDO. LO NUNCA VISTO.

 

No se me olvida mencionar un punto que plantea el diccionario común: al titular se le impone una obligación.

¿cuál? ¿cumplir las ocho-cientas normas urbanísticas? ¿la pesadilla de los permisos? Pedir permiso... como cuando un niño le pide permiso a papa y mama para coger la tablet o ir al parque. ¿qué obligación? ¿pagar el IBI anualmente? ¿en concepto de qué y para qué? Y algunos diran: para sostener el sistema de bienestar social y para el bien común, entonces, ¿ser titular-propietario es castigado? ¿perseguido? ¿discriminatorio? Te toca pagar un impuesto más por ser propietario, toma ya.

El Estado debería dejar en paz a todos los que se atreven a cuidar y proteger una propiedad porque el mismo Estado no puede mantener, gestionar y cumplir con todas las normas en questión de protección del medio ambiente y seguridad, normas que emanan de él, como tampoco pueden los fondos buitres, grandes inversores y tenedores tener todas sus propiedades al día en materia de protección y seguridad.

(PERMÍTEME UN EJEMPLO REAL EN MIS CARNES)

Lo último que he descubierto sobre la mala fe y mala praxis de un fondo buitre es que cuando un bloque de pisos propiedad de fondos buitres esta en pésimas condiciones y existe riesgo y peligro de derrumbe para la gente que vive en él o, simplemente  pasea bajo sus balcones, puede llegar a ser el ayuntamiento quien financia las obras de reforma para evitar daños a la población, es decir, la gente, los ciudadanos, la población es quien paga los platos rotos de estos buitres sinverguenzas!

Hace poco y con gusto he hecho de testigo en un juicio por desahucio de un linaje con dos menores. Cuando expliqué a la jueza que las reformas del edificio las está financiando el ayuntamiento, no solo la jueza se quedó alucinada, sino que el argumento de la defensa del fondo buitre se fue a la mierda ipso facto, su argumento era que los buitres querían vender el bloque. La jueza preguntó a la abogada buitre ¿como puede ser que con fondos PÚBLICOS se arregle un edificio que se supone que está a la venta para beneficio de una empresa PRIVADA? La abogada no sabía dónde caerse muerta. Y a todo esto, el bloque gestionado por el ayuntamiento y este sin poder ofrecer vivienda pública ni alquileres sociales porque claro, el titular y propietario son los buitres carroñeros y depende de su voluntad caprichosa e interesada que estén a disposición de la gente.

Y luego hay gente enajenada de la realidad, o envidiosa, o profundamente desgraciada y amargada, que no entiende porque otra gente okupa los bloques que se reparan con dinero público, venga por favor! Si tuvieramos un poco de sangre en las venas y bravura para defender lo que es nuestro, ya haría tiempo que todos los edificios y viviendas que han caído en manos de fondos buitres y grandes tenedores habrían sido recuperadas por y para el pueblo! Es un ataque a la propiedad privada, peor! A LA NECESIDAD DE CONSTITUÏR MORADA! Y que hace la gente? Senyalar a los okupas, jajajajajaja, vamos en picado y sin frenos mi gente!

Es importante distinguir entre okupar (viviendas privadas) y recuperar (viviendas de buitres), yo estoy hablando de recuperar propiedades, quizás es momento de hablar de recuperadores en lugar de meter a todos en el saco okupa, ese saco que la geoingenieria y la Programacion Neuro Lingüística se han okupado de dejar a la altura del betún. Hay que admitir que la falta de honor y respeto de muchos okupas con intenciones perniciosas y modales inexistentes no ayudan a comprender la magnitud de la qüestión y mucho menos a abordarla de manera colectiva.

 

CONCLUSIÓN:

¿quien es el amo, dueño y señor de las propiedades privadas? ¿El titular, el propietario, el rey... ? Cuando alguien tiene que pagar de por vida por algo que se presume que es suyo es porque no es suyo. Fin.

3. Definiciones: propiedad privada vs. propiedad pública

Según el lenaguaje jurídico vamos a ver qué es la 'Propiedad privada' y la 'propiedad pública':

Adm., Civ. y Const. Derecho subjetivo, consagrado como tal por el artículo 17 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, que establecía que «la propiedad es un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella sino cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija evidentemente y bajo la condición de una justa y previa indemnización».

Adm. Todo bien cuya titularidad corresponda al Estado, comunidades autónomas, ayuntamientos o cualquier otro ente público. La propiedad pública engloba una serie de conceptos entre los que se incluye el espacio público, el bien público y el dominio público.

Asombroso como una propiedad privada, puede pasar a ser pública a golpe de ley y, como una propiedad pública no es del pueblo, es del estado! Me surge una duda: ¿Puede una propiedad pública convertir-se en propiedad privada?

Lo primero que encuentro, para mi sorpresa, es una declaración descarada de un ecsperto llamado Fernando Pedro Méndez, registrador de la propiedad, dice:

'La moderna propiedad privada se concibe como una función del Estado moderno. A él corresponde el reconocimiento del derecho como tal, en abstracto (...).'

'Como consecuencia, a pesar de su reconocimiento constitucional, el derecho a la propiedad privada ha experimentado un vaciamento debido a la concepción de su función social (...). La función social de  la propiedad viene operando como recurso para convertir el derecho a la propiedad en meramente residual, constreñido a las facultades y con los deberes que en cada momento decida el poder público, mediante ley, para cada tipo de bienes, sin que la obligación constitucional de respetar un contenido mínimo esencial opere, de facto, como límite, de modo que la propiedad puede acabar convertida en una titularidad puramente nominal, prácticamente vacía de contenido o, incluso, en determinadas circunstancias, con contenido negativo desde la perspectiva del valor o de la rentabilidad del bien para su titular.'

Continúo leyendo otras webs, otras fuentes y bueno, segun wikipedia:

'La propiedad privada se diferencia de la propiedad pública en que esta última se refiere a bienes propiedad del Estado o del gobierno.'

Premisas Conclusiones
Si nadie puede ser privado de la propiedad privada sino cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija...
Si la moderna propiedad privada se concibe como una función del Estado moderno y a él corresponde el reconocimiento del derecho como tal, en abstracto...
La propiedad pública es del Estado.
La propiedad privada es una función del Estado que puede ser privada mediante leyes, es abstracta, y puede terminar siendo de titularidad nominal vacía de contenido y valor.
El Estado directa o indirectamente es titular y propietario de todo.

Creo que es obvio que una propiedad pública es casi imposible de privatizar, y digo casi porque cito textualmente:

'El proyecto EBA que se inició en el 2013 para orientar las reformas empresariales del sector agrario, promueve la privatización de tierras públicas en países en desarrollo a gran escala (algunos ya sabemos que para España quieren turismo y energias renovables, nada de autosuficiencia alimentaria). En un principio fue apoyado por la Nueva Alianza para la Seguridad Alimentaria y Nutrición, una iniciativa lanzada por el G8 para promover el papel del sector privado en el desarrollo agrícola en África y actualmente está financiado por los gobiernos de Reino Unido, Estados Unidos y por la Fundación Bill y Melinda Gates, como ves, es posible que los Estados se arrodillen ante el mejor postor.' publicación completa del blog enraiza derechos aquí.

(Añado: el blog enraiza derechos esta financiado por santander, la caixa, diputaciones de andalucia, Castilla Leon, Castilla la Mancha, Euskadi...).

Pero todo tiene su contrapartida y aquí puedes leer que hay otros proyectos y campañas para contrarestar los delirios del Banco Mundial y la Nueva Alianza para la Seguridad Alimentaria y Nutrición, cuyos fundadores y principales inversores están retirados (Holanda, Dinamarca y Francia) tras ver el desastre y el destrozo en Burkina Falso tras lanzar el proyecto EBA.

Fortitudine Vincimus.

LLegados a este punto puedes ver este corto video sin que te dé un soponcio: 'Historia de una mentira, ¿alguna vez se abolió la esclavitud en Europa?

¿qué hacemos con toda esta sopa picada?

No tomarse nada demasiado en serio, fluir con los acontecimientos, resistir ante amenazas de expropiación, re-unirse entre iguales, recuperar lo que pertenece a los hombres, mujeres y niños vivos en contra de entidades muertas envenenadas de avaricia e inmoralidad.

 

MI ACTITUD: Fingir o autoengañarme creyendome propietaria, sin obsesiones, surfeando las olas y pidiendo los mínimos permisos para que me dejen en paz y pueda morir en un trozo de tierra que me corresponde por necesidad y sui iuris (derecho propio que nada ni nadie me tiene que reconocer). Se ve que en algun momento caí en este PLANeta en vías de destrucción y bueno, me ha tocado existir en este plano hasta que me vaya con intenciones de no volver jamàs. 

 

Es una especie de resignación alegre, una aceptación incómoda, una forma de no morir en el intento de vivir lo más soberanamente posible.

 

 

No importa perder batallas si al final voy a ganar la guerra.

 

 

Honor et mortis.

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